CONSULTA

En nuestro centro de conciliación, los clientes sostendrán una entrevista con un Abogado-Conciliador o un responsable del Centro, quien les guiará en el proceso y responderá a sus preguntas. Después de verificar que el asunto es susceptible de conciliación, se procederá a la siguiente fase.

RECEPCIÓN DE SOLICITUD Y DOCUMENTOS

El proceso de Conciliación comienza con la presentación de la siguiente documentación:

  • 1. Solicitud de Conciliación completada y firmada por la parte solicitante o ambas partes, según corresponda.
  • 2. Copia del DNI del solicitante o de los solicitantes (o del representante, en caso de existir).
  • 3. Copia del documento o documentos relacionados con el conflicto.
  • 4. Varias copias simples de la solicitud y anexos para los invitados a conciliar.
  • 5. Pago del monto establecido para iniciar el trámite.
  • 6. En el caso de actuar a través de un representante, el documento que certifique el poder para conciliar o el certificado de vigencia del poder para aquellos registrados.

INVITACIÓN A LA PARTE A CONCILIAR

En caso de que la solicitud de conciliación sea presentada por ambas partes, la audiencia de conciliación se llevará a cabo en el mismo día. En situaciones contrarias, se programará una fecha para la audiencia conciliatoria y se notificará a las partes mediante una primera invitación. En el caso de que una de las partes no pueda asistir, se realizará una segunda invitación.

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN

Es fundamental llegar puntual el día señalado en la invitación, ya que serán convocados a ingresar a la sala de audiencias. No es obligatorio ir acompañado, pero en caso de optar por compañía, se sugiere elegir a alguien que contribuya positivamente al proceso de conciliación. Es importante evitar la presencia de personas con actitudes negativas o que intenten influir en las decisiones, y menos aún asumir un papel protagónico. Los abogados-conciliadores están capacitados para facilitar la búsqueda de la mejor solución legal, por lo que no se sentirán presionados para llegar a un acuerdo. La Conciliación Extrajudicial tiene como objetivo que ambas partes acuerden de manera voluntaria y se comprometan a cumplir con lo pactado.

ENTREGA DE ACTA

La entrega del acta conciliatoria puede darse en diversas situaciones:

  • 1. Acuerdo total entre las partes.
  • 2. Acuerdo parcial entre las partes.
  • 3. Falta de acuerdo entre las partes.
  • 4. Inasistencia de una parte a dos sesiones.
  • 5. Inasistencia de una parte a una sesión.
  • 6. Decisión debidamente fundamentada del Conciliador en una Audiencia efectiva, debido a la observación de violación a los principios de la Conciliación, la retirada de alguna de las partes antes de la conclusión de la Audiencia o la negativa a firmar el Acta de Conciliación.
  • 7. Inasistencia de ambas partes.